La protección de los derechos de incidencia colectiva. Un análisis de la legitimación procesal a partir de los debates en la Convención Constituyente de 1994 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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DOI:

https://doi.org/10.35428/cds.vi21.362

Palabras clave:

procesos colectivos, reforma constitucional de 1994, vacío legislativo, acceso a la justicia colectiva

Resumen

Este trabajo aborda los requisitos constitucionales para la admisión de las acciones judiciales tendientes a la protección de los derechos de incidencia colectiva. Dicha tutela se canaliza principalmente a través de la acción de amparo regulada en el segundo párrafo del artículo 43 de la Constitución Nacional, sin perjuicio de que la protección judicial es susceptible de extenderse a otro tipo de remedios o vías procesales. A treinta años de la entrada en vigor de la constitución reformada, se indaga en torno a los antecedentes que posibilitaron su concreción, a los debates en la Convención Nacional Constituyente y a los criterios establecidos posteriormente por la Corte Suprema de Justicia de la Nación para la admisión de la legitimación procesal en las demandas colectivas.

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Publicado

2025-08-01

Cómo citar

Vázquez, F. A. (2025). La protección de los derechos de incidencia colectiva. Un análisis de la legitimación procesal a partir de los debates en la Convención Constituyente de 1994 y la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Cartografías Del Sur. Revista De Ciencias, Artes Y Tecnología, (21), 59–79. https://doi.org/10.35428/cds.vi21.362